España: indemnizan a médicos residentes por vulnerar su derecho al descanso
Lo dispuso el Tribunal Superior de Justicia de Madrid al condenar al Servicio Madrileño de Salud a indeminzar a cuatro Médicas Internas Residentes (MIR) del Hospital de Fuenlabrada por los días de descanso no disfrutados.
La sentencia de primera instancia, ahora confirmada por el Tribunal Superior de Justicia, catalogada como histórica, consideró probado que "las demandantes han trabajado los siguientes sábados y domingos sin librar el lunes o viernes anterior".
El Servicio Madrileño de Salud anteriormente ya había aducido que no se produjo un perjuicio indemnizable, puesto no se habría trabajado más horas de las que tenía que trabajar, por lo que, de abonárse las horas descansadas de menos, "se estaría pagando el trabajo dos veces y causando enriquecimiento injusto". Pero la sentencia recoge jurusprudencia firme por la cual "no se indemniza haber trabajado de más, sino haber trabajado demasiado tiempo seguido sin suficiente descanso, con perjuicios para la salud, la conciliación, la calidad del servicio y la prevención de lesivos errores médicos".
En consecuencia, quedó firme "el derecho de las demandantes a un descanso semanal ininterrumpido de 36 horas en un período de referencia de 14 días lo que ha de suponer, bien 36 horas semanales de descanso ininterrumpido o bien 72 horas de descanso ininterrumpido en un periodo de 14 días, para el caso de que por razones del servicio no se haya disfrutado del descanso de 36 horas semanales señalado".
El Tribunal Superior ratificó la obligatoriedad del descanso mínimo semanal de 36 horas "cuando se realizan guardias internas durante un sábado que concluyen el domingo, y que se frustra o imposibilita cuando se obliga al trabajador a incorporarse a su jornada ordinaria el lunes por la mañana".
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