top of page
Foto del escritor25siete

Medio Ambiente dio vía libre al Proyecto Neptuno y espera que no genere "impactos inadmisibles"

Actualizado: 16 dic

Por Georgina Mayo


La División Emprendimientos de Alta Complejidad del Ministerio de Medio Ambiente otorgó la autorización previa que encamina la firma del contrato entre OSE y el consorcio privado, Aguas de Montevideo, responsable del sector privado del Proyecto Neptuno. El informe concluye que es de esperarse que no generará impactos ambientales inadmisibles. De todas formas sugiere que se lleve adelante un Plan de Seguimiento, Vigilancia y Auditoría durante la fase de construcción y operación.

 

Por su lado la vicepresidenta electa Carolina Cosse dijo que no sería sano para Uruguay comenzar una obra con observaciones y añadió que la OSE deberá jugar un papel muy importante en el gobierno próximo. Cuando hay un riesgo hay que encontrar la forma de hacer las cosas bien, analizar y regular como dice el Programa del Frente Amplio para proyectos de plantas de Hidrógeno Verde, por ejemplo. En cuanto a OSE, Cosse dijo que “no puede ser que tengamos las pérdidas que tenemos”. Agregó que la prioridad para el Frente Amplio es construir la represa de Casupá.


Por su lado, fuentes consultadas por 25siete involucradas en el Proyecto Neptuno, indicaron que el Proyecto que instalaría el Consorcio Aguas de Montevideo se pagará en un plazo de 20 años y tendrá en cuenta la llamada distribución de riesgos, es decir, que el sector privado sólo percibirá pagos por la obra, en función de cómo se encuentre el agua que será distribuida. Si el agua no es de calidad o no lo es en determinados momentos del año, no se les paga.


Los detalles técnicos del Ministerio de Ambiente

En el documento del Ministerio de Medio Ambiente que este lunes dio el visto bueno para que el gobierno actual firme el contrato con el Consorcio Aguas de Montevideo, indica que se consideraron los documentos presentados y/o aparecidos en la prensa, y consigna un detalle de las consideraciones a cada uno de los cuestionamientos técnicos, ambientales y sociales. Acerca de la calidad del Agua del Río de la Plata, cianobacterias, microsistina, floraciones algales, bromuros, clorofilas, saxitoxinas, trihalometanos, bromatos.


Se han planteado inquietudes tanto entre la población como en ciertos sectores de la academia respecto a la eficacia y seguridad del proceso de tratamiento propuesto para la potabilización del agua, en particular en lo que se refiere a la eliminación de cianobacterias y microcistinas. El Informe concluye, entre muchas cosas:  ‘’Por lo tanto, se espera que - en caso de ocurrir floraciones sobre la costa en la zona de Arazatí- la concentración de cianobacterias y microcistinas en el sitio de la toma de agua sea inferior a los valores costeros que los estudios reportan’’.


‘’Puede afirmarse que la hipótesis de diseño adoptada para definir el sistema de tratamiento, que considera una concentración máxima en el agua bruta de 1x106 cél/ml de cianobacterias y 10 µg/L de microcistina- LR, resulta razonable’’. ‘’Múltiples monitoreos reportados por la Comisión Administradora del Río Uruguay para ese curso, uno de los afluentes del Río de la Plata, no han detectado niveles significativos de bromuro’’. ‘’Finalmente, es menester hacer notar que la pretendida incidencia que sobre la zona donde ha sido planteada la toma de agua del proyecto pudiera tener la descarga de efluentes de la ciudad de Buenos Aires, a través de los emisario que ofician como elemento de disposición final del saneamiento de esa ciudad, es virtualmente nula".


‘’En conclusión, se considera que el sistema propuesto para la eliminación de saxitoxinas es adecuado’’ En tanto, sobre el proceso de potabilización previsto puede afirmarse que el proceso de tratamiento previsto tiene capacidad de producir eficazmente agua potable acorde a las condiciones exigidas por la normativa aplicable, aún para las condiciones de calidad de agua bruta más exigentes que resultan esperables”. Y sobre la posible afectaciones de la Reserva de Agua Bruta (RAB) o Polder descarta contaminación al acuífero Raigón, en tal sentido detalla que se estima -en base a la información hasta ahora disponible- que sería suficiente limitar el caudal de infiltración por unidad de superficie a un máximo de 1,5 mm/día en condición de nivel máximo de agua en la reserva. e impone acciones para que los valores de infiltración no superen los 1,5 mm/d. El aseguramiento de las condiciones de impermeabilidad que se establezcan para los distintos sectores del fondo de la RAB, como consecuencia de los procedimientos constructivos que se implementen, resulta un aspecto esencial para evitar el posterior surgimiento de condiciones no deseadas en el comportamiento del nivel freático en el entorno una vez llenada de la reserva. En lo que refiere al potencial impacto sobre la calidad del agua subterránea en la zona como consecuencia de la implantación de la RAB y del monorrelleno, se coincide con la valoración hecha por el titular, en el sentido de que la magnitud del impacto sería baja en tanto no resultaría impedido ningún uso actual del acuífero en la zona como consecuencia de la afectación a su calidad de agua, incluido el uso con fines de riego’’. Los incrementos resultantes en los niveles de concentración de los distintos parámetros no resultan relevantes en términos de afectación a usos, visto las condiciones de calidad preexistentes en el acuífero según la caracterización aportada en este mismo expediente’’.‘


’Finalmente, en lo que refiere a una potencial afectación global sobre la productividad de la zona como consecuencia de la presencia física de las instalaciones previstas por el proyecto, que comprenda incluso a predios no directamente afectados por expropiación o servidumbre, se entiende que no existen de momento elementos de juicio que hagan prever la ocurrencia de tal situación’’.


Además, el informe de Medio Ambiente, que es una autorización previa a que se levanten observaciones menores por parte del Consorcio Privado, indica sobre los eventos de salinidad que el proponente ha finalmente respaldado su estimación relativa al tiempo de retorno esperable para un evento de salinidad de 70 días de duración en la correlación que muestran este tipo de episodios de salinidad con situaciones de estiaje prolongado en el río Paraná (principal aportante hacia el Río de la Plata). La información disponible en tal sentido es coincidente en valorar que el evento de estiaje del año 2022 (por su intensidad y duración) no tiene precedente en los últimos 50 años. Por ello las diferentes publicaciones que han analizado ese evento coinciden en que existe una fuerte incertidumbre sobre la futura evolución de los volúmenes de escurrimiento del río Paraná. En resumen, con la información que se cuenta hasta el momento, no es posible afirmar con certeza cuál resulta ser el período de retorno esperable para un evento de salinidad de 70 días de duración en la zona, ni tampoco prever cómo podrá variar ese período de retorno por efecto del cambio y la variabilidad climática dentro de la vida útil del proyecto. De todos modos, el análisis ambiental que contempla este informe se limita a la consideración de los efectos ambientales que produce la implementación del proyecto en los términos que han sido hasta ahora definidos. El riesgo no resulta tal que afecte sensiblemente la decisión de implementar el proyecto, en tanto existen alternativas de operación - que se pueden ir ajustando en función de lo que resulte la previsión climática/hidrológica y que permitirían mantener un nivel relevante de suministro de agua potable con un riesgo de falla similar al inicialmente planteado’’.

Publicado: 10/12/2004

留言


bottom of page